2. ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN CENTROS PÚBLICOS

El derecho a la educación y el reconocimiento de la libertad de enseñanza están recogidos como derechos fundamentales en el artículo 27 de la Constitución Española. Ahora bien, los recursos con los que cuentan las administraciones educativas son limitados y por ello existe el proceso de admisión para garantizar esos derechos que están acompañados de ciertas limitaciones.

Para cursar estudios en cualquier centro público, y éste no va a ser la excepción, se requiere formalizar una matrícula y ese paso no puede darse sin antes haber obtenido una plaza en la enseñanza y centro que se desea mediante el proceso de admisión.