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SECRETARÍA VIRTUAL
Renuncia convocatoria

Renuncia convocatoria

Renuncia a convocatoria (antelación mínima de un mes a la evaluación final)

La renuncia  a convocatoria/s de módulos en Ciclos Formativos se ajustarán a los establecido en la Orden ECD/2159/2008, de 15 de diciembre, en su artículo 30.

Debes tener en cuenta lo siguiente:

1.– A fin de no agotar las convocatorias previstas para cada módulo profesional, los alumnos podrán renunciar a la evaluación y calificación de alguna de las convocatorias de todos o parte de los módulos profesionales del ciclo formativo en el que se haya formalizado la matrícula, siempre que concurra alguna de las siguientes condiciones, que deberán acreditarse documentalmente:

a) Enfermedad prolongada o accidente del alumno.

b) Incorporación a un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo.

c) Obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio.

d) Otras circunstancias extraordinarias apreciadas por el director del centro donde curso el ciclo formativo.

2.– La renuncia a todas las convocatorias anuales de todos los módulos profesionales surtirá los mismos efectos que la renuncia a la matrícula.

¿Qué trámites se deben realizar?

Se deberá presentar:
  • El modelo de solicitud.  Si pinchas aquí puedes descargar el modelo de solicitud desde el apartado de formularios. 
  • La documentación necesaria:

    • Solicitud cumplimentada (No olvides escribir los módulos correspondientes y el nombre del ciclo formativo y grupo).

    • Documentación acreditativa que corresponda.
¿Dónde se tramita?

Las solicitudes se presentarán en la secretaría del centro en horario de atención al público, de 09:00 a 14:00 de Lunes a Viernes y excepcionalmente en el horario de tardes que se determine en el centro para cada curso académico.

La solicitud de renuncia a la convocatoria se presentará en el centro, junto con la documentación acreditativa, con una antelación mínima de un mes a la evaluación final del o de los módulos profesionales para los que solicita la renuncia.

El director del centro resolverá en el plazo máximo de cinco días naturales e incorporará una copia de la resolución al expediente académico del alumno, así como en las actas de evaluación mediante el término «RENUNCIA CONVOCATORIA».

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Con una antelación mínima de un mes antes de la evaluación final del o de los módulos profesionales para los que solicita la renuncia.

 

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