Mi certificado de profesionalidad |
||
Ya me han evaluado... |
||
Podrán solicitar la expedición de Certificados de Profesionalidad las personas que, mediante procesos de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, acrediten la totalidad de las unidades de competencia que componen un Certificado de Profesionalidad. |
||
¿Qué tengo que hacer?
|
||
Una vez obtenidas todas las actas finales de las comisiones de evaluación el Director General firma el “certificado de acreditación parcial acumulable para la consecución de títulos y/o certificados de profesionalidad”, del procedimiento. Por este documento no se paga nada. |
||
¿Me avisarán? |
||
Éstos certificados se envian a los centros para que publiquemos un aviso (se publica un AVISO en nuestro tabón y en la WEB del centro) y los candidatos se tendrán que acercar a recogerlos firmando un recibí. Los recibís quedan en los centros (Es dedir en nuestro Centro quedarán los nuestros). |
||
¿Cómo se obtienen? |
||
Después los candidatos pueden solicitar el “Certificado de Profesionalidad” por el que sí hay que pagar. El “Certificado de Profesionalidad” lo emite y lo cobra la Consejería de Empleo. |
||
¿Qué documentos necesito? |
||
Solicitud de expedición de certificado de profesionalidad según el modelo normalizado que se adjunta (Anexo II).
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas, deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
|
||
Enlace al modelo de solicitud y modelo 046 de pago de tasas
|
||
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100DetalleFeed/1251181050732/Tramite/1284291024751/Tramite | ||